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A partir del 1 de enero los envases de espuma de poliestireno y el relleno suelto estarán prohibidos en el estado de Nueva York

A partir del 1 de enero, ya no se podrán usar empaques de espuma de poliestireno expandido (EPS) según la nueva ley que entra en vigencia en todo el estado de Nueva York, anunció en un comunicado el Departamento de Conservación Ambiental (DEC, por sus siglas en inglés.)

La nueva medida prohibe que nadie venda o distribuya envases de servicio de alimentos desechables que contengan espuma EPS.

Según DEC, la espuma de poliestireno expandido es un contribuyente importante a la basura medioambiental, causando impactos negativos en la vida silvestre, las vías fluviales y los recursos naturales. La espuma de EPS liviana se rompe fácilmente y no se biodegrada fácilmente, lo que la hace persistente en el medio ambiente para convertirse en contaminación microplástica.

Además,  la DEC dice que la mayoría de los programas de reciclaje en el estado de Nueva York no aceptan los envases de espuma EPS y los empaques de relleno suelto porque la espuma es difícil de reciclar. El DEC y sus socios continúan sus esfuerzos de divulgación para asesorar a las entidades afectadas sobre la prohibición, en particular a los vendedores y distribuidores de envases desechables para almanecenar alimentos, como tiendas minoristas de alimentos, restaurantes, hospitales y escuelas.

Ejemplos de proveedores de servicios de alimentos que deben cumplir con la prohibición incluyen:

  • Establecimientos donde se sirvan alimentos de forma permanente, temporal o móvil, empresas de catering,  carritos de alimentos
  • Tiendas minoristas de alimentos, tal como se definen en el artículo 28 de la Ley de Agricultura y Mercados, que incluyen cualquier establecimiento donde se ofrezcan al consumidor alimentos y productos alimenticios destinados al consumo fuera de las instalaciones.
  • Delis, supermercados, restaurantes, cafeterías y cafeterías
  • Hospitales, centros de atención para adultos y hogares de ancianos
  • Escuelas primarias y secundarias, colegios y universidades.

DEC dijo que, según la ley, cualquier instalación, independientemente de los ingresos, operada por una corporación sin fines de lucro o por una agencia gubernamental federal, estatal o local que proporcione alimentos y comidas a personas con inseguridad alimentaria puede solicitar una exención de los requisitos por dificultades financieras. de la ley. Los ejemplos incluyen programas de comidas comunitarias, despensas de alimentos y lugares de culto.

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